PASO 1

PASO 2


Se les recuerda que el beneficio por fallecimiento de la persona colegiada en un beneficio que brinda el Fondo Mutualidad del Colegio de Licenciados y Profesores en Letras Filosofía Ciencias y Arte a los Colegiados por los años de colegiatura que pagaron en su trayectoria laboral motivo por el cual las personas Pensionadas exoneradas del pago de colegiatura puede optar por los beneficiarios y Subsidios que brinda el Fondo Mutualidad del Colegio de Licenciados y Profesores en Letras Filosofía Ciencias y Arte 

  

El beneficio por fallecimiento constituye un auxilio economico que el Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes ( Colypro) entrega a los seres queridos designados en la Boleta de Beneficiarios en caso de fallecimiento solamente del colegiado/a.


En el presente periodo, en caso de fallecimiento natural de la persona colegiada en etapa uno entre los 5 a 25 años de incorporación al colegio se entregan ₡12.000.000

En etapa dos más de 25 años de incorporación el monto de entrega es de ₡18.000.000 y en etapa tres más de 45 años de incorporación el monto de entrega es de ₡22.000.000

PASO 3

Se trata de un apoyo económico que se brinda a las personas colegiadas que mantengan más de 15 años de colegiatura esto con el fin de dar la opción al usuario de disfrutar estando en vida de un porcentaje del monto de entrega del beneficio por fallecimiento, la persona colegiada debe estar al día con sus obligaciones financieras , y no tener créditos en cobro judicial con el Colypro y contar con firma digital institucional certificada por el Fondo de Mutualidad del Colegio de Licenciados y Profesores en Letras Filosofía Ciencias y Arte.